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¿QUIÉNES SOMOS?
Consultoría Regulatoria Veterinaria
somos un grupo de profesionales
dedicados al sector veterinario con el propósito de brindar servicios de alto valor agregado en el área de regulación para los sectores alimenticio, químico-farmacéutico y biológico.
Mas de 12 años de experiencia en el mercado, nos permiten ofrecer soluciones a nuestros clientes en el cumplimiento de la normativa aplicable a establecimientos elaboradores, importadores y comercializadores.
Contamos con Médicos Veterinarios Autorizados en las áreas Industriales y Comerciales ante SENASICA (Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria).
Misión
Profesionales con enfoque global dedicados a ofrecer soluciones integrales que promueven el cumplimiento regulatorio, optimizando recursos que faciliten el desarrollo de proyectos de alta calidad.
Visión
Ser el mejor grupo de profesionales reconocidos mundialmente por su alto compromiso y calidad en el servicio en el área regulatoria, siendo el mejor aliado de nuestros clientes.
Consultoría Regulatoria Veterinaria
política de calidad
Asesorar, desarrollar y dar respuesta a las necesidades y expectativas del sector agropecuario mediante el cumplimiento del marco legal vigente; respaldado por un gran talento humano comprometido e identificado con nuestra razón de ser.
oficinas de Consultoría Regulatoria Veterinaria en:
- Plaza Acueducto #550 Local 14, Juriquilla , Querétaro CP 76230
Conoce a Nuestro Equipo
NUESTROS VALORES:
- CONFIDENCIALIDAD
- PROFESIONALISMO
- RESPONSABILIDAD
- COMPROMISO
- EFICIENCIA
- ADHERIDOS A ESTÁNDARES ÉTICOS
- INTEGRIDAD
- RESPETO
- CREATIVIDAD
- TRABAJO EN EQUIPO
FAQ
Si, es el primer paso para poder iniciar operaciones.
Art. 197 RLFSA. Los establecimientos previstos en el artículo 105 fracciones II, V, VI y XIV de la Ley no requerirán autorización, pero deberán dar aviso de inicio de funcionamiento e iniciar operaciones y estarán sujetos a la verificación para la expedición del dictamen de verificación oficial.
El aviso de inicio de funcionamiento es el primer paso de lo contrario no se podrá realizar el registro de un producto deacuerdo al Art. 175. RLFSA, artículo 177. RLFSA, Art. 180.RLFSA
Ambas clasificaciones son diferentes en base a la información proporcionada por la SECRETARIA, estas clasificaciones son expresadas en sus diferentes reglamentos, leyes, normas y acuerdos otorgados por la misma.
Deberan observarse las características del producto, la finalidad, especies indicadas y realizar un análisis con el cual podrá determinarse la viabilidad del proyecto, apegándonos siempre a respetar y cumplir la legislación Mexicana, si todo esta correcto el registro del producto no tiene por que considerarse difícil.
¿POR QUÉ ELEGIRNOS?
- Brinda el conocimiento necesario para dar cumplimiento a las disposiciones Sanitarias y aquellas que derivan de la ley.
- Facilita la obtención de documentos necesarios en establecimientos que comercializan o elaboran productos para uso y consumo animal.
- Funge como responsable solidario ante Sader.
- Es un profesionista autorizado por Senasica con la finalidad de desempeñarse como asesor o capacitador del cumplimiento de las disposiciones de sanidad animal.
- Presenta informes y diversas notificaciones necesarias para el correcto desempeño empresarial ante la ley.
- Informan periódicamente a Senasica sobre los servicios veterinarios que presta.
- Auxilia a la Senasica en casos de emergencia de salud animal o de contaminación de los bienes de origen animal.
- Evita el incumplimiento legal y consecuencias que puedan derivar.
- Por medio de un Diagnóstico Inicial de acuerdo a los proyectos de la empresa.
- Se propone un Plan de Trabajo Semestral para validación por el Director o Gerente General de la empresa.
- La programación del Plan de Trabajo permitirá el seguimiento y generará evidencia de las tareas realizadas, con esto se establecerá la frecuencia de visitas de acuerdo a las necesidades para la verificación de instalaciones y avance documental.